
La Dirección General de Aguas del MOP, en su estrategia digital al servicio de la seguridad hídrica, definió mejorar la tecnología de transmisión de datos de las extracciones efectivas de aguas superficiales y subterráneas que los titulares de derecho de aprovechamiento de aguas deben reportar a la DGA a través del software del Sistema de Monitoreo de Extracciones Efectivas (MEE).
A inicios del 2025 en el sitio web de la DGA, sección Monitoreo de Extracciones Efectivas, se dispuso la nueva interfaz de programación de aplicaciones desarrollada con tecnologías actuales para el envío de información de manera más expedita, modificando el método de transmisión anterior y dando tiempo a los titulares hasta el 31 de julio para utilizar el nuevo formato y adaptarse al cambio.
“En el marco de la estrategia digital de la DGA, establecimos que el Monitoreo de Extracciones Efectivas debía actualizarse de manera que la transmisión de datos fuera más amigable y rápida para los usuarios. Para mayor claridad, se dictó un manual estableciendo la forma en que deben enviarse las mediciones y las características de la nueva aplicación, cuyo uso obligatorio rige desde agosto”, indicó el director general de Aguas del MOP, Rodrigo Sanhueza.
El Seremi de Obras Públicas, José Luis Hernández, dijo que el manual técnico publicado en el Diario Oficial el 4 de julio pasado, describe la forma en que los usuarios de aguas deberán usar la aplicación de transmisiones online y el formato de transmisión de los datos para interactuar con el servicio web que la DGA dispuso para la información de la extracción de las aguas superficiales y subterráneas.
Para usar la aplicación de transmisión de datos, los centros de control, que son sitios donde se recopilan los datos medidos en las obras de captación y que transmiten dichos datos al software DGA, deberán registrarse previamente mediante una “Solicitud de Registro de Centro de Control” según formato disponible en sitio web de la DGA a través de la Oficina de Partes DGA, ya sea en forma presencial o virtual. Para mayor información revisar el link: https://dga.mop.gob.cl/formatos-de-transmision-extracciones-a-software-de-mee-2/
Asimismo, los usuarios de aguas sólo deberán emplear centros de control registrados en la DGA y siempre incluir el rut del centro de control que realiza el envío de los datos al software DGA de Monitoreo de Extracciones Efectivas. De este modo, cuando existan problemas con las transmisiones de alguna obra de captación, se podrá identificar el centro de control respectivo y corregir oportunamente.
La nueva interfaz permite la retransmisión de la información hasta 7 días desde realizada la medición. Sin embargo, las obras de captación de las “aguas del minero” deben cumplir con una hora de desfase máximo desde el tiempo transcurrido entre la medición y la transmisión.
Cabe señalar que los sistemas de medición no experimentan cambios, debiéndose medir tal como lo indica la normativa vigente. Recordar que a cada usuario le corresponde un estándar de acuerdo al caudal de su derecho y al territorio donde se ubica (muy pequeño, menor, medio y mayor). Es responsabilidad de cada titular tener operativo el sistema MEE y reportar a la DGA cualquier anomalía a través del siguiente link: https://snia.mop.gob.cl/ticket/mee