Saltar contenido
  • https://www.facebook.com/
  • https://twitter.com/
  • https://t.me/
  • https://www.instagram.com/
  • https://youtube.com/
Portal 12 Portal 12

Desde la orilla del Estrecho para todo el mundo

Portal 12 Portal 12

Desde la orilla del Estrecho para todo el mundo

  • PORTADA
  • CRÓNICA
  • POLÍTICA
  • FUERA DE PAUTA
  • BITÁCORA DE NEGOCIOS
  • CONTACTO
  • PORTADA
  • CRÓNICA
  • POLÍTICA
  • FUERA DE PAUTA
  • BITÁCORA DE NEGOCIOS
  • CONTACTO
Cerrar

Buscar

  • PORTADA
  • CRÓNICA
  • POLÍTICA
  • FUERA DE PAUTA
  • BITÁCORA DE NEGOCIOS
  • CONTACTO
Subscribe
POLÍTICA

Senado aprueba multa para quienes no asistan a votar: monto podría superar los 100 mil pesos

Por Prensa
Septiembre 10, 2025 1 Min Read
Los comentarios están deshabilitados en Senado aprueba multa para quienes no asistan a votar: monto podría superar los 100 mil pesos

Durante la tarde de este miércoles, la Sala del Senado, aprobó el proyecto de ley que busca reponer la multa para quienes no cumplan con su deber de concurrir a votar en las diversas elecciones que se aproximan en nuestro país.

En la ocasión, la votación fue casi unánime, esto debido a que el senador Pedro Araya, quien mantuvo su posición de no respaldar la iniciativa, algo que había comentado hace algunas jornadas.

Con esto, la propuesta de multa para quienes no acudan a sufragar avanza a su tercer trámite legislativo, en la Cámara de Diputadas y Diputados en donde los parlamentarios deberán revisar y pronunciarse sobre esta ley.

Las multas a beneficio municipal, irán entre los 0,5 a 1,5 UTM, lo que equivale aproximadamente entre los 35 mil a 105 mil pesos. Y como es habitual, habrá excepciones como; enfermedades, ausencia del país, encontrarse a más de 200 km del local de votación o con certificado de discapacidad.

Etiquetas:

Presidenciales Chile 2025
Por autor

Prensa

Sígueme
Otros artículos
Anterior

Hoy se vivirá el primer debate presidencial televisivo

Siguiente

Diferencias de hasta $30 mil detecto Sernac en canastas dieciocheras

Grupo JHP SpA.